Ø Por la cual se expiden normas para el
control, seguimiento y vigilancia de la Importación, exportación,
procesamiento, síntesis, fabricación, distribución, dispensación, compra,
venta, destrucción y uso de sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos
o cualquier otro producto que las contengan y sobre aquellas que son monopolio
del Estado.
Ø Que de acuerdo con el artículo 20 del
Decreto 205 de 2003 el Fondo Nacional de Estupefacientes es la UAE-Unidad
Administrativa Especial del Ministerio de la Protección Social que tiene como
objeto la vigilancia y control sobre la importación, exportación, distribución
y venta de materias primas de control especial o sustancias sometidas a
fiscalización, medicamentos que las contengan y las de monopolio del Estado a
que se refiere la Ley 30 de 1986 y demás disposiciones que expida el Ministerio
de la Protección Social, así como apoyar los programas para prevenir la
fármacodependencia que adelante el Gobierno Nacional;
Ø Que al ser sustancias y medicamentos que
crean dependencia; su uso inadecuado conlleva al manejo ilícito de los mismos,
por lo que es necesario fortalecer los sistemas de vigilancia, seguimiento y
control;
Ø Que los productos que contienen sustancias
sometidas a fiscalización requieren de seguimiento, vigilancia y control;
Ø Que es competencia de la UAE, Fondo
Nacional de Estupefacientes del Ministerio de la Protección Social dictar las
normas que regirán a cada uno de los Fondos Rotatorios de Estupefacientes;
Ø Que en aras de optimizar las actividades de
fiscalización, seguimiento y control, se aplicarán las normas vigentes;
Ø Que es necesario derogar la Resolución 4651
de 2005 y la Resolución 952 de 2006 expedidas por el Ministerio de la
Protección Social en el sentido de fortalecer los sistemas de vigilancia,
seguimiento y control, así como establecer normas en lo referente a la
regulación de las materias primas de control especial o sustancias sometidas a
fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan, sean
estos para uso humano o veterinario.
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